Rechazaron otorgar la prisión domiciliaria a Lázaro Báez

Política 21 de marzo de 2020 Por El Objetivo
La Justicia rechazó el pedido de la defensa del empresario, quien argumentó que se halla dentro de los grupos de riesgo de contagio de coronavirus.
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Rechazaron otorgar la prisión domiciliaria a Lázaro Báez

El tribunal oral federal (TOF) 4 rechazó conceder la prisión preventiva domiciliaria al empresario Lázaro Báez, quien había solicitado ese beneficio tras considerarse población de riesgo frente al avance de la pandemia ocasionada a causa del COVID-19.

Los jueces del TOF 4 sostuvieron que las cuestiones de salud que enfrenta el imputado se encuentran contenidas por el servicio penitenciario que además ya aplica todos los protocolos correspondientes a fin de evitar contagios de coronavirus.

De todas formas, los jueces Néstor Costabel, Jorge Gorini y Daniel Obligado encomendaron al Ministerio de Justicia que arbitre los medios necesarios para que en el Penal de Ezeiza se “intensifiquen y refuercen el área sanitaria a fin de controlar y asistir de forma exhaustiva a aquellas personas que padezcan condiciones de salud preexistentes que puedan constituir grupo de riesgo a la luz del COVID-19”.

Al solicitar el beneficio de la prisión preventiva domiciliaria en el marco de la causa conocida como M&P en la que se investigan supuestas maniobras de lavado de dinero, la defensa de Báez había señalado que el empresario tiene 64 años, padece hipertensión arterial, arritmia cardíaca y diabetes tipo 2, lo que era especialmente riesgoso.

Ante este planteo, el fiscal de juicio Abel Córdoba sostuvo que la corroboración del imputado como persona integrante del grupo poblacional de riesgo, en abstracto, no era razón suficiente para su egreso carcelario.

En ese contexto, los jueces del TOF 4 remarcaron que “la autoridad penitenciaria ha dictado los protocolos y directivas de actuación que antes se referenciaron con el objetivo de asegurar el acatamiento de los estándares fijados por las disposiciones internacionales y nacionales para la prevención de la pandemia ocasionada a causa del COVID-19”.

“Es por estas razones –sostuvieron los magistrados- que la mera invocación de la defensa de encontrarse su asistido dentro de la población de riesgo que al efecto determinaron las autoridades médicas internacionales, por sí misma, no puede constituir un argumento suficiente para modificar el estado de encierro en el que se encuentra el imputado Báez”.

La defensa de Báez, en tanto, anunció que apelará la decisión del TOF 4 y mediante un comunicado cuestionó que ante un similar escenario los jueces tomaron una decisión distinta a la adoptada días atrás por el juez Sebastián Casanello que, a instancias del fiscal Guillermo Marijuan, le otorgó a Báez la prisión preventiva domiciliaria en la causa conocida como “El entrevero”.

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