Medidas para prevenir incendios y proteger el bosque en Córdoba

EcoObjetivo17 de julio de 2020 Por El Objetivo
La Secretaría de Ambiente recuerda a productores rurales cuyos terrenos se encuentran en áreas boscosas mantener en condiciones picadas y cortafuegos para evitar la propagación del fuego. Estas acciones son de gran importancia en zonas serranas y en el arco noroeste de la provincia.
bosque nativo
Las picadas deben permanecer libres de materiales combustibles.

En esta época del año, las condiciones meteorológicas registran bajos niveles de humedad, desarrollo de fuertes vientos y presencia de pastizales secos en gran parte del territorio provincial, lo que eleva el Índice de Riesgo de Incendio a “muy alto”.

En tanto, desde la Secretaría de Ambiente del Gobierno de Córdoba se recuerda a propietarios, trabajadores y productores de campos ubicados en zonas forestales y rurales tomar los recaudos y medidas preventivas que dispone la legislación ambiental para la prevención de los frentes de fuego.

Los incendios constituyen un factor directo muy importante en la degradación de nuestros bosques y la biodiversidad de sus ecosistemas, por lo tanto, se recomienda reforzar las acciones preventivas, esencialmente en zonas de montes del arco noroeste y en las sierras cordobesas.

En este sentido, técnicos del Área de Bosques del organismo ambiental recuerdan la importancia de realizar y mantener en condiciones las picadas perimetrales de los campos.

Estas picadas cumplen las siguientes funciones:

  • Proteger los bosques nativos.
  • Interrumpir la continuidad de la vegetación o material combustible, lo que permite detener un fuego superficial.
  • Servir de base para establecer la defensa de fuegos superficiales y fuegos de copas.
  • Permitir el ingreso tanto de personal como del material y de los vehículos afectado al combate del fuego.
  • Proteger las instalaciones, alambrados y/o construcciones rurales.

Lo que exige la legislación

La Ley 9814 de Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos y su Decreto Reglamentario 170/11 establece que es obligación y responsabilidad del propietario del campo, la construcción y el mantenimiento de picadas perimetrales. Al realizarlas, se deben respetar los ejemplares arbóreos que superen los 10 o 15 centímetros de DAP (diámetro altura al pecho).

Estas picadas deberán permanecer libres de materiales vegetales combustibles, especialmente en la época de mayor riesgo de incendios. Deberán estar a ambos lados del alambrado para cumplir eficientemente su función. El ancho varía de 6 a 15 metros, de acuerdo a diferentes variables. Se recuerda además que está determinantemente prohibido el uso del fuego para la eliminación del material vegetal.

Desde el Área de Bosques se solicita que en casos de realizar estos trabajos de mantenimiento deberán realizar su correspondiente comunicación (salvo en situaciones de necesidad o urgencia) por medio del Formulario de Declaración Jurada. Ante la situación actual, no será necesario dirigirse a la sede de la Secretaría de Ambiente, sino que se podrá enviar dicha documentación a la siguiente dirección de correo electrónico: [email protected].

Se deberá adjuntar y detallar además la siguiente información:

  • Nº de expediente (si posee).
  • Croquis de ubicación delimitando el predio con coordenadas Google Earth.
  • Número/s de cuenta/s correspondiente al/los predio/s a intervenir que figuran en el cedulón del impuesto inmobiliario.
  • Documentación que acredite titularidad del predio (si no lo presentó anteriormente).

Ante la observación de una columna de humo y el desarrollo de un incendio comunicarse inmediatamente al 0800-888-3834 Plan Provincial de Manejo del Fuego.

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