La jueza del Caso Facundo rechazó en duros términos pedidos de los fiscales
La jueza federal bahiense que interviene en la causa por la desaparición forzada de Facundo Astudillo Castro rechazó casi todas las medidas de prueba que solicitaron los fiscales del caso para avanzar en la pesquisa, al considerar que su estrategia "no parece orientarse a buscar la verdad" sino "solamente a compeler la responsabilidad policial" en el hecho, informaron fuentes judiciales.
En una resolución, que se conoció aunque fue dictada el pasado 15 de septiembre, la jueza federal María Gabriela Marrón sólo accedió al pedido para que un policía que interceptó a Facundo el día que desapareció entregue una libreta en la que registró sus datos personales.
También a requerirle a la comuna de Villarino el informe de lectoras de patentes entre el 30 de abril y el 8 de mayo en cercanías del puesto fitosanitario sobre la ruta nacional 3.
Pero en el escrito judicial, al que Télam tuvo acceso, la jueza rechazó varias medidas requeridas por los fiscales federales Héctor Andrés Heim y Horacio Juan Azzolin, entre ellos el allanamiento al puesto de vigilancia de Teniente Origone donde se halló un amuleto similar al que tenía el joven y el secuestro de teléfonos de policías.
Además, cuestionó en duros términos los fundamentos de la fiscalía a la hora de hacer esos pedidos: "La estrategia escogida por los acusadores se asemeja a una auténtica ´excursión de pesca´, lo que es inaceptable en un Estado de Derecho", escribió Marrón.
Luego consideró que "disponer medidas probatorias sin que esté claro qué se está buscando, atenta también contra el éxito-validez de la investigación".
"El estado de perplejidad de los fiscales sobre las supuestas conductas sospechosas no parece orientarse a buscar la verdad -qué fue lo que le paso a Facundo en el lugar y momento de su muerte- sino solamente a compeler la responsabilidad policial en el evento", continuó.
Para la magistrada, "las medidas no se pueden hacer 'por las dudas', 'para ver qué encontramos'", sino que "la fiscalía tiene que hacer un esfuerzo mayor para probar los extremos que desliza e invoca" y "elaborar un plan estratégico, agotar la investigación a través de un trabajo a conciencia".
"El pedido tiene que ser irremediablemente desechado, no puedo habilitar su producción, ya que puede causar un perjuicio indebido, irreparable y prohibido", ahondó la jueza, quien consideró que las medidas "no pueden implicar violación a valores fundamentales, como la intimidad, la propiedad y la libertad",
"El reclamo social es entendible. Es fácil para la sociedad creer que haya sido la policía. Pero el juez del caso necesita prueba. Perseguir a esas personas o invadir su intimidad sin pruebas, porque son policías, por su condición, es aplicar el Derecho Penal de Autor. Ser policías no los vuelve delincuentes ni culpables. De este modo se reeditaría una persecución de clase inaceptable en la evolución democrática de nuestro país", destacó.
Tras conocer la decisión judicial, la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) emitió un comunicado en el que calificó de "arbitraria y antojadiza" la interpretación de la prueba por parte de la magistrada, ya que "expresa claramente una temprana valoración que sólo puede arrojar un resultado: el cierre de la causa sin conocer la verdad de lo que ocurrió con Facundo".
En la resolución de 19 páginas, Marrón cuestionó la relevancia de algunas evidencias destacadas por los fiscales en el requerimiento de medidas, entre ellas el hallazgo de un cabello que podría ser de Facundo en el patrullero de uno de los policías que lo identificó ese 30 de abril, cuando dejó la localidad bonaerense de Pedro Luro para ir a Bahía Blanca a ver a su novia en plena cuarentena por la pandemia de coronavirus.
"No parece extraña la posibilidad de que un cabello que podría corresponderse con Facundo esté en ese lugar", afirmó el magistrado al indicar que "es posible que haya entrado al móvil mientras el policía hacía la consulta por la infracción a la cuarentena o chequeaba sus datos personales, antecedentes, etcétera, que haya apoyado el carnet de conducir en el asiento del acompañante delantero".
Además, dijo que la muerte de Facundo "no ocurrió en el patrullero", sino en el cangrejal de Villarino Viejo donde sus restos fueron hallados el 15 de agosto último, sin que se detectaran "lesiones vitales, ni se observan signos de intervención de terceros".
"De las hipótesis desarrolladas por los acusadores no se reconstruye una teoría del caso coherente, lógico, razonable y completo para esta altura de la investigación", agregó.
Para Marrón, el hecho de que un policía mencionado en la causa haya borrado el contenido de su celular "no (lo) convierte (....) en sospechoso de un delito ni pone en riesgo su inocencia".
Tampoco el hallazgo de un amuleto similar al de Facundo en el destacamento de Teniente Origone ni el de una piedra turmalina que se asemeja a una que tenía el joven en una patrulla fueron consideradas por la jueza como evidencias, sino que incluso puso en duda los hallazgos por parte de uno de los perros del adiestrador Marcos Herrero, contratado por los abogados querellantes.
"Independientemente de que se acredite que el amuleto era de Facundo, merece un párrafo aparte el origen del hallazgo que -a esta altura de la investigación- pone en duda su legalidad y por ende su validez", dijo Marrón.
Al respecto, la jueza dijo que "la ciencia y la técnica -a través de profusa bibliografía- dan cuenta que los animales entrenados pueden oler rastros humanos durante un cierto período de tiempo" y que se habría superado el lapso en el que el can podría haber detectado el olor de Facundo.
"Por lo expuesto, resulta necesario y también forzoso que el Ministerio Público Fiscal, en cumplimiento de sus deberes y facultades, investigue el accionar del perito, frente a la gravedad de la circunstancia apuntada", concluyó al respecto.