¿Cómo es la regulación de las criptomonedas en los distintos países de la región?

CryptoObjetivo 20 de marzo de 2022 Por Hernán Piñeiro *
Mientras en El Salvador el Bitcoin es reconocido como moneda de curso legal, el Banco Central de Bolivia prohibió las cripto. En Argentina, en tanto, se esperan nuevas regulaciones a partir del acuerdo con el FMI.
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¿Cómo es la regulación de las criptomonedas en los distintos países de la región?

Las criptomonedas han generado interés en todo el mundo desde que comenzaron a utilizarse en 2009. Quienes buscan invertir en ellas están pendientes de sus cambios, sus valores y el comportamiento del mercado. Pero no son los únicos actores interesados en este tipo de moneda. Los Estados también las tienen en la mira con un objetivo común: la regulación de las criptomonedas.

En 2013 el Bitcoin tuvo un ascenso impresionante que llegó hasta los 1.000 dólares. Ese momento de inflexión fue el que alertó sobre la importancia que empezaban a tener las criptomonedas y las posibilidades que venían con ellas. Hasta el día de hoy pocos países  adoptaron una regulación de las criptomonedas, pero en varios ya existen proyectos de ley en tratamiento, pruebas y comisiones de estudio.

¿Cómo está el mapa regulatorio de Latinoamérica? A continuación un detalle al respecto:

* Uruguay: en 2018 la Cámara Uruguaya de FinTech creó una Comisión de Criptomonedas. El objetivo era desarrollar un marco regulatorio específico para el sector y crear un espacio de debate sobre las posibilidades que traían los criptoactivos.

Recién en 2021 el Banco Central de Uruguay (BCU) publicó un comunicado en el que aseguró que durante ese año tuvo a un grupo de trabajo dedicado a estudiar el tema. Más tarde, mediante su programa de innovación financiera Nova BCU, publicaron un documento que prepara el terreno para una posible regulación.

Allí se definió a un activo virtual como una "representación digital de valor o derechos contractuales que puede ser almacenada, transferida y negociada electrónicamente mediante tecnologías de registro".

Sin embargo, la regulación no caería en el activo, sino en los distintos servicios que lo involucran. De este modo, el foco principal estaría puesto en las actividades comerciales que se generan alrededor de los activos virtuales.

* Brasil: allí había cuatro proyectos de ley para la regulación de las criptomonedas que tenían en común la obligación de cumplir con la Ley de Lavado de Dinero (AML) y aplicar el Código de Protección al Consumidor.

En 2022 surgió el proyecto N°3825 presentado por el senador del Partido Social Demócrata Irajá Abreu. Esta propuesta unifica todos los proyectos anteriores y tiene como objetivo dar transparencia a las operaciones y evitar la evasión fiscal y el lavado de dinero.

Además, se impondría una tasa cero de impuestos por el gasto energético de la minería si la fuente es limpia y renovable. Según la propuesta, el gobierno de Brasil será quien regule el uso de las criptomonedas. Si se aprueba, el país se convertirá en el regulador de criptomonedas más grande de Latinoamérica.

* Bolivia: en 2014 Bolivia se convirtió en el primer país de Latinoamérica en prohibir los criptoactivos. Mediante la resolución de directorio 044/14 emitida por el Banco Central de Bolivia (BCB) se prohíbe la utilización de monedas que no sean emitidas y reguladas por el Estado.

Los motivos de la prohibición son varios, pero principalmente dos. Uno es la falta de marcos regulatorios institucionales que aborden la comercialización de los activos digitales. El otro tiene que ver con los riesgos que implica operar con criptomonedas y las estafas piramidales que se dieron en el país, como Bitcoin Cash y Pay Diamond.

Desde 2014 hasta ahora el BCB reiteró en múltiples oportunidades la prohibición de los criptoactivos, como en un comunicado de 2017 o en la Resolución de Directorio 144/20 de 2020, que ratificaron en 2022.

* México: en 2018 se sancionó la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, conocida como la Ley Fintech. Ésta obliga al Banco de México a emitir la regulación correspondiente respecto a las criptomonedas y al sistema financiero. De este modo, se decidió que las instituciones financieras no pueden trasladar las operaciones ni los riesgos de estos instrumentos al usuario final.

Solamente pueden hacer uso de esta tecnología para el manejo interno. Sin embargo, la ley tampoco restringe a los proveedores de servicios con criptomonedas. Estos pueden operar como una actividad vulnerable siempre que se registren en el Sistema de Administración Tributaria y reporten a la Unidad de Inteligencia Financiera para evitar el lavado de dinero.

La situación de México es un gris en lo que respecta al marco normativo, ya que no hay ninguna ley que regule las criptomonedas directamente.

* Paraguay: en diciembre de 2021 la Cámara de Senadores del Paraguay aprobó un proyecto de ley que busca regular las actividades con criptomonedas en el país. La propuesta fue presentada por el senador del Partido Liberal Radical Auténtico Fernando Silva Facetti en colaboración con su compañero de partido Juan Bartolomé Ramírez y Antonio Apuril, de Hagamos.

El objetivo es garantizar la seguridad jurídica, financiera y fiscal de los negocios vinculados con los criptoactivos. Si se aprueba, las empresas que operen con cripto tendrán que figurar en el registro de proveedores de activos virtuales.

Además, el proyecto incluye a la minería de criptomoneda y la define como una industria digital innovadora que podría recibir incentivos estatales. De todas formas, Facetti enfatizó que los criptoactivos no serán una moneda de curso legal. La propuesta aún debe pasar por la Cámara de Diputados y el Poder Ejecutivo.

* Perú: el Congreso peruano debate el proyecto de ley Marco para la Comercialización de Criptoactivos, presentado por José Elías Ávalos, del partido Podemos Perú. El proyecto propone la creación de un registro público de proveedores de servicios cripto y la obligación de reportar "operaciones sospechosas" a la Unidad de Inteligencia Financiera.

Sin embargo, el legislador aclaró que en su proyecto las criptomonedas no serían consideradas monedas de curso legal como
en El Salvador.

* Ecuador: el gerente del Banco Central de Ecuador, Guillermo Avellán, mencionó que la entidad regulará la actividad con criptomonedas durante el primer trimestre de 2022. El objetivo sería delimitar el campo de acción para evitar delitos como el lavado de dinero y las estafas.

Una vez que el Banco Central de Ecuador termine la regulación será presentada a la Junta Monetaria para que la revise. La idea es que esta normativa sea aprobada para el segundo o tercer trimestre del año.

Al igual que otros países, se aclaró que la regulación no implica que el Bitcoin se convierta en moneda de curso legal. Sin embargo, sí admiten que el Estado no puede quedar fuera de esta actividad.

* Colombia: la Superintendencia Financiera de Colombia aprobó, mediante la Circular Externa 016 de 2021, una sandbox regulatoria. El objetivo es experimentar y estudiar una regulación para las criptomonedas. Además, publicó las pautas para que el sector público las adopte.

Las sandbox regulatorias son espacios controlados donde se realizan pilotos de nuevos modelos de negocios que aún no están regulados. Según la Superintendencia Financiera genera un espacio de aprendizaje conjunto entre el ecosistema digital y el  Gobierno nacional para profundizar el conocimiento sobre los criptoactivos.

En diciembre de 2021 la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) expidió la Resolución 314 que obliga a exchanges a reportar transacciones de sus usuarios. A partir del 1° de abril, las transacciones con Bitcoin mayores a 150 dólares deberán ser notificadas a la UIAF. Las sanciones para el incumplimiento de la normativa podrían llegar a ser equivalentes a entre 100 y 400
salarios mínimos.

* Chile: el senador Karim Bianchi presentó allí el proyecto de ley Bitcoin. El objetivo tiene que ver con responder a una necesidad que el ecosistema viene pidiendo hace mucho: crear un ambiente seguro que proteja a todos los actores. Tanto los dueños e intermediarios financieros como las personas que interactúan en el mercado de monedas digitales.

De este modo, la ley Bitcoin contemplaría que el Banco Central de Chile es quien tiene la responsabilidad de regularlas. Además, la idea es fortalecer a la Unidad de Análisis Financiero para la lucha contra el lavado de dinero. También exige conocimiento a los especialistas que vendan el producto por lo que tendrán que capacitarse obligatoriamente.

* Panamá: el congresista Gabriel Silva presentó un proyecto de ley Cripto que regularía Bitcoin y Ether. Allí, se establece que los criptoactivos serían un método de pago global alternativo para cualquier operación civil o comercial de Panamá.

Por otro lado, la diputada Cenobia Vargas impulsa el proyecto de ley 696 que recomienda regular Bitcoin, Ether y Tether. También a diferentes tipos de token, como NFT y 7UT.

Actualmente, la Comisión de Comercio y Asuntos Económicos discuten dos opciones: combinar ambas leyes o elegir una de ellas para llevarla a debate en la Asamblea Nacional.

* Venezuela: en 2018 se sancionó el Decreto Constituyente de Criptoactivos para regularlos. De este modo, el Estado venezolano comienza el camino hacia un marco regulatorio para controlar las criptomonedas. Además, se creó el token Petro, la primera criptomoneda creada por un Estado.

Este decreto define los entes encargados de la regulación:

- Superintendencia Nacional de Criptoactivos y Actividades Conexas (SUNACRIP): su tarea es regular las actividades relacionadas a criptoactivos en el país. También gestionar los sistemas de control, políticas y registro de usuarios.

- Registro Integral de Servicios en Criptoactivos (RISEC): es un sistema web adscrito a la SUNACRIP en el cual se registran todos los usuarios que realizan actividades relacionadas con las criptomonedas.

- Registro Integral de Mineros (RIM): es una aplicación web adscrita al SUNACRIP en el cual se registran aquellos usuarios con interés de tener una licencia para la comercialización de criptoactivos.

Además, el Ejecutivo nacional aprobó una ley en febrero de 2022 que reforma la Ley de Impuestos a Grandes Transacciones Financieras para que abarque las criptomonedas. De esta manera, se cobrará un impuesto de 2% a 20% a las operaciones con criptoactivos.

* El Salvador: en septiembre de 2021 El Salvador se convirtió en el primer país del mundo en aceptar el Bitcoin como una moneda de curso oficial. De este modo, la legislación habilita que los comerciantes y los consumidores puedan adquirir bienes y servicios utilizando el Bitcoin como moneda legal.

La Ley Bitcoin (Decreto Legislativo N° 57) tiene como objetivo regular el Bitcoin como una moneda oficial sin límites para realizar transacciones. Además, se estableció que el tipo de cambio entre el Bitcoin y el dólar estadounidense será establecido libremente por el mercado. Las contribuciones tributarias podrán ser pagadas con Bitcoin y los agentes económicos deberán aceptar el Bitcoin como forma de pago.

Por otro lado, también se legislaron regulaciones complementarias a la Ley Bitcoin que abarcan las diferentes partes del ecosistema:

- Reglamento de la Ley Bitcoin.

- Ley de Creación de Fideicomiso Bitcoin.

- Normas Técnicas para Facilitar la Participación de Entidades Financieras en el Ecosistema Bitcoin.

- Lineamientos para la Autorización del Funcionamiento de la Plataforma Tecnológica de Servicios con Bitcoin y dólares.

- Normas Técnicas Temporales sobre medidas de Ciberseguridad e Identificación de Clientes en Canales Digitales.

A partir de este hecho el presidente, Nayib Bukele inauguró el primer hospital veterinario público financiado con parte de las ganancias obtenidas con las inversiones que el Gobierno hizo en Bitcoin.

* Argentina: aquí existe un proyecto de ley presentado por los diputados del Frente de Todos Liliana Shcwindt y Marcos Cleri, integrantes de la Comisión Directiva del Círculo de Legisladores de la Nación. También existe un anteproyecto firmado por el diputado de Juntos por el Cambio Ignacio Torres que cuenta con el aval de varios exchanges del país.

A pesar de que aún no existe una regulación de las criptomonedas ni un organismo central de supervisión, se comenzó a ejercer un control fiscal. A partir del decreto 796/2021, las compañías que realicen transacciones con criptomonedas están gravadas con el impuesto a los créditos y débitos bancarios.

De esta forma, no recae de manera directa sobre el comprador final, sino sobre las cuentas recaudadoras de las billeteras que realizan la operación. Al mismo tiempo, los exchanges locales, al igual que los Proveedores de Servicios de Pago, están obligadas a presentar mensualmente el régimen informativo sobre sus transacciones, según la Resolución 4164/2019 de la AFIP.

Por otro lado, el Impuesto a las Ganancias también alcanza a las operaciones realizadas en criptomoneda, ya que la ley considera como ganancia el resultado de la compraventa de "monedas digitales". En cuanto al Impuesto al Valor Agregado, las personas que operen con criptoactivos no están alcanzadas, ya que no se encuadran en ninguna categoría reglamentada. Sin embargo, las comisiones que cobran los exchanges a sus usuarios sí están alcanzadas por el IVA reglamentado por el AFIP.

Aquí en el país, esperamos nuevas regulaciones de acuerdo con los pedidos del FMI para la concreción del acuerdo con la Argentina.

* Hernán Piñeiro es especialista en criptomonedas; CEO de Worldsys, compañía regtech que desarrolla soluciones para Cumplimiento Regulatorio y Prevención de Lavado de Activos).

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