Estudio de la UNC revela la deuda laboral del Estado hacia las personas con discapacidad
“Muchas veces se habla de la ley y el 4% y que no se cumple pero queda ahí. Se crea una expectativa que está muy lejos; me gustaría, pero estamos muy lejos”, confiesa uno de los entrevistados del proyecto de investigación “Diagnóstico sobre el empleo público de personas con discapacidad, en dependencias de jurisdicción nacional, en la ciudad de Córdoba”.
Como señalan este y otros testimonios, a pesar de sus competencias laborales y de que existe una ley al respecto, el cupo mínimo del 4% para personas con discapacidad sigue siendo una deuda en los organismos públicos del Estado nacional en Córdoba.
Los primeros avances del proyecto, financiado por el Observatorio Social Cultural para el Desarrollo Sostenible (OSCDS) de la Secretaría de Ciencia y Tecnología de la Universidad Nacional de Córdoba detectó que 70% de los organismos relevados no cuentan con trabajadores/as con discapacidad en sus filiales o sucursales de la ciudad de Córdoba.
La ley nacional 22.431 establece que los tres poderes del Estado nacional, además de los organismos descentralizados, autárquicos, entes públicos no estatales, empresas del Estado y empresas privadas concesionarias de servicios públicos deben asegurar la inclusión laboral de personas con discapacidad.
Concretamente exige ocupar personas con discapacidad que reúnan condiciones de idoneidad para el cargo en una proporción no inferior al cuatro por ciento (4%) de la totalidad de su personal y a establecer reservas de puestos de trabajo a ser exclusivamente ocupados por ellas.
Desde 1992, cada 3 de diciembre se conmemora el Día Internacional de las Personas con Discapacidad por decisión de la Asamblea General de las Naciones Unidas. El objetivo es promover los derechos y el bienestar de este grupo de personas y concientizar sobre el tema. Esta investigación pone el foco en el derecho al empleo, uno de los problemas más graves que padecen las personas con discapacidad.
El trabajo espera realizar un análisis cualitativo en por lo menos 20 organismos en la ciudad de Córdoba. Hasta el momento se relevó al 50% de las instituciones incluidas en la muestra.
Está dirigido por Carla Saad y María Alejandra Sticca, investigadoras del Centro de Investigaciones Jurídicas y Sociales de la Facultad de Derecho de la UNC. El equipo cuenta con integrantes de la misma Facultad y de Psicología (coordinados por la docente Sabrina Sanchez).
“Realmente si ponés a trabajar a dos personas, una con discapacidad y una sin discapacidad, las habilidades pueden ser exactamente las mismas, incluso puede ser más hábil una persona con discapacidad que la que no lo tiene”, indica otro testimonio, en este caso de una encargada de personal de un organismo público.
Además de realizar una evaluación en dependencias de jurisdicción nacional en la ciudad de Córdoba, el trabajo elaborará un instrumento para replicar esa tarea en otras jurisdicciones. “Buscamos cooperar en la construcción de políticas públicas eficaces para el real cumplimiento del cupo laboral en el empleo público -señala Saad. Esta primera mirada sugiere una representación limitada de personas con discapacidad en estos entornos laborales: las conclusiones finales y un análisis más detallado serán posibles al completar la totalidad de la investigación”.
Un sector excluido del mercado laboral
Según el último estudio estadístico oficial de Argentina (2018), hay 3.571.983 personas que tienen algún tipo de limitación física o intelectual. Esto implica que más del 25% de los hogares tiene al menos un integrante con esta condición.
Su derecho a un trabajo es uno de los más vulnerados. Su tasa de actividad es más baja que la del resto de la población: sólo 35,9% de las personas en edad de trabajar están ocupadas o buscan trabajo activamente.
Esto no se debe sólo a su condición sino a la falta de oportunidades educativas y laborales. A su vez, 10,3% de estas personas no consigue trabajo, un valor que en 2018 también era superior al del resto de la población activa. Estos valores promedio ocultan además desigualdades que perjudican aún más a mujeres y jóvenes.
Qué dicen las normas nacionales e internacionales
El modelo social adoptado por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), ratificada por Argentina en 2008 y que desde 2014 integra el bloque de constitucionalidad de los Derechos Humanos, plantea que la discapacidad no es una deficiencia de un individuo sino una construcción social.
Su artículo 27 reconoce el derecho al trabajo en igualdad de condiciones, a tener la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente elegido o aceptado en un mercado y entornos laborales que sean abiertos, inclusivos, accesibles y sin discriminación.
“Este nuevo paradigma pone en crisis al sistema legal interno protectorio de las personas con discapacidad y nos pone en la tarea de repensar nuevas políticas públicas, en un contexto nacional en el que las investigaciones al respecto son escasas y el Estado no prioriza responder a las demandas de las personas con discapacidad”, apunta Saad.
Sobre esto las investigadoras aseguran que existe una falta de adecuación sobre los preceptos del derecho internacional en el derecho interno y las políticas públicas.
“La propia Ley 22.431 carece de operatividad, deslegitimando una política que solo queda en la faz normativa. La discriminación y exclusión del mercado del trabajo de las personas con discapacidad no solo las priva de la posibilidad de realizar su propio proyecto de vida, sino de contar con los apoyos necesarios para alcanzar una vida digna y contribuir al desarrollo económico y social de sus comunidades”, comenta Sticca.
Barreras no sólo físicas en los organismos
El relevamiento realizado para el proyecto detectó algunas de las barreras que limitan el empleo de las personas con discapacidad. Las más conocidas son las físicas: problemas edilicios, rampas, etc.
Pero se destacan también otros tipos de barreras como las actitudinales, tanto en las organizaciones como en el público usuario de los servicios. Como señaló una persona de apoyo de un trabajador con discapacidad intelectual: “Hay personas que no los reconocen como trabajadores y piden ser atendidos por otra persona”.
Otras barreras son sociales y programáticas, al aplicar otros criterios perjudiciales para estas personas, como restricciones etarias o el desajuste entre las competencias y el diseño de los puestos de trabajo.
Frente a estas barreras, la gente entrevistada esboza algunas posibles soluciones, como trabajar proactivamente para «hacer accesible los edificios desde cero cuando los están construyendo”. O sumar acompañante terapéutico cuando la persona con discapacidad comienza a trabajar; además de un equipo soporte que pueda interceder ante conflictos, entre otras iniciativas.