Sociedad Por: El Objetivo25 de julio de 2025

“Esto no es un delivery”: furia del abogado de la enfermera condenada por la muerte de los bebés del Neonatal

El abogado de Brenda Agüero, la enfermera condenada, apelará el fallo. Dijo que los jueces ignoraron testimonios y que la sentencia “merece ser revocada”.

Brenda Agüero fue condenada a prisión perpetua. - Foto: redes NA

El defensor de Brenda Agüero, la enfermera condenada a prisión perpetua por los asesinatos de cinco bebés en el Hospital Materno Neonatal Ramón Carrillo, en la ciudad de Córdoba, confirmó que apelará los fundamentos de la sentencia: “Parece que los jueces se ausentaron de todos los testimonios que se tomaron”.

Gustavo Nievas dialogó con la Agencia Noticias Argentinas y resaltó que recurrirá los argumentos “endebles” dados a conocer este miércoles en los Tribunales de la capital provincial.

Según el letrado, “parece que los jueces se ausentaron de los 99 testimonios que se tomaron y las pericias que se hicieron” durante el juicio por jurados populares, que culminó el pasado 18 de junio: “Es como si fuera un voto viejo escrito en enero de 2025 cuando comenzó el proceso”.

En este sentido, indicó que el veredicto “no tiene sustento que no sea la idea de condenar” a su clienta porque los magistrados “no resuelven cómo se les ocurre”, sino que deciden al análisis de las pruebas: “Esto no es un delivery”.

Convencido, Nievas explicó que en el derecho existe un sistema de valoración conocido como “sana crítica racional”, el cual consiste en la evaluación específica de todas las pistas y la totalidad de la misma mediante un estudio global: “No fue respetado porque hubo pruebas que se soslayaron de manera deliberada”.

El representante legal de la mujer mencionó el caso de Francisco Calderón, el hijo de Vanesa Cáceres Bruno que fue el primer bebé fallecido el 18 de marzo de 2022 como consecuencia de una bradicardia: “El médico cardiólogo Sergio Lynch dijo que tuvo al recién nacido sobre su mesa en la sala de pediatría y junto a su equipo trabajaron durante cinco o seis horas para reanimarlo, pero no pudieron salvarlo porque ‘su corazoncito que nació fallado nunca se puso en funcionamiento'”.

“Lynch firmó la autopsia, donde no se encontró potasio ni insulina en su cuerpo. Se trata de un testimonio central que no fue mencionado por el juez en los fundamentos”, agregó el abogado, quien denunció “inventos”, “arbitrariedades”, “manipulaciones” a raíz de que, al no haber “argumentos sólidos”, la sentencia “merece ser revocada”: “Por esa razón, vamos a ir a Casación”.

Puntos clave de los fundamentos

El documento señala que cuando la enfermera dejó de asistir al nosocomio “cesaron los hechos” y que, al momento de tomarse conocimiento de las muertes, Brenda Agüero mostró intenciones de mudarse a otra provincia.

En el fallo también se detalló que, en el botiquín de la sala de recuperación, donde trabajaba la imputada, se encontraron cuatro lapiceras de insulina y ampollas de potasio, medicación que el hospital no suministraba en ese formato, o bien, no debería estar en ese lugar.

“Esta pluralidad de indicios permiten destruir el principio jurídico de inocencia del que goza la encausada; y me autorizan a sostener, más allá de toda duda razonable, que la autora de los trece sucesos fue Brenda Cecilia Agüero”, concluyó la mayoría del tribunal.

Respecto a los jurados populares que votaron por la absolución de la enfermera, fundamentaron que “algunos hechos no existieron; mientras que, en otros casos, no logró probarse la participación de la imputada”.

Las condenas

Agüero fue sentenciada a la pena de prisión perpetua por cinco homicidios agravados por ser cometidos con método insidioso reiterado y otros ocho en grado de tentativa.

En el juicio también se condenó a Liliana Asís, ex directora del hospital; Alejandro Escudero Salama, como ex subdirector de Gestión Administrativa del nosocomio; Martha Elena Gómez Flores, ex jefa de Departamento de Neonatología; Adriana Moralez, médica neonatóloga; y Pablo Carvajal, ex secretario de Salud de la Provincia de Córdoba.

En el escrito se basaron que los funcionarios públicos “conocieron el carácter delictivo de los fallecimientos y las descompensaciones que estaban teniendo lugar en el Centro Obstétrico del Hospital Materno Neonatal y, sin embargo, ocultaron su origen criminal”.

Según el tribunal, los tres primeros tuvieron conocimiento fehaciente de la naturaleza de los hechos desde principios de mayo; mientras que Carvajal se enteró de todo en una reunión mantenida el 7 de junio con las autoridades del hospital, en su despacho.

(Ramiro González Britez-NA)

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