
Nueva prórroga para inscribirse a las ayudas económicas para actividades restringidas
El Objetivo
El plazo se extendió hasta el 31 de julio y los interesados deben ingresar en cba.gov.ar.
Las ayudas alcanzan a personas físicas o jurídicas con domicilio fiscal en la provincia de Córdoba incluidas dentro de alguno de los 18 rubros afectados por la pandemia.
Hasta el momento ya recibieron la asistencia 6.963 beneficiarios.
El Gobierno de la Provincia de Córdoba, a través de la Secretaría General de la Gobernación, prorrogó hasta el 31 de este mes el plazo de inscripción a las ayudas económicas y financieras para actividades restringidas.
Los beneficiarios son personas físicas o jurídicas con domicilio fiscal en la provincia cuyas actividades hayan sido afectadas a raíz de la contingencia sanitaria por la pandemia.
Con la nueva acreditación que se concretó este viernes 16, ya recibieron la asistencia 6.963 beneficiarios y la Provincia lleva invertidos 267,75 millones de pesos.
La ayuda incluye aportes no reintegrables cuyos montos van de 30 mil pesos a 70 mil pesos según la condición fiscal; beneficios en energía eléctrica y exenciones impositivas.
Abarca a trabajadores de los siguientes rubros:
- Agencias de viajes
- Transporte especial.
- Bares, confiterías y restaurantes.
- Salones de fiesta y discotecas.
- Gimnasio, natatorios y canchas.
- Escuelas de danza, canto y teatro, y academias de idiomas.
- Enseñanza de gimnasia, deportes y actividades físicas.
- Cines, autocines y centros culturales.
- Centros de formación profesional y academias de oficios.
- Transporte escolar.
- Cantinas dentro de establecimientos educativos.
- Guarderías y jardines maternales.
- Producción, composición, representación y servicios conexos al desarrollo de espectáculos teatrales y musicales.
- Peluquerías, centros de estética, spa y similares.
- Servicios de museos y preservación de lugares y edificios históricos.
- Servicios de entretenimiento.
Los interesados en obtener la asistencia deben ingresar a la web del Gobierno de Córdoba cba.gov.ar y, con Ciudadano Digital (CiDi) Nivel 2, acceder al formulario digital “Ayuda Directa por Restricciones en la Actividad (ADRA)”.
Son requisitos: estar inscripto en Rentas en alguna de las actividades restringidas y haber presentado Declaración Jurada de Ingresos Brutos; declarar la cuenta bancaria a nombre del solicitante y en el caso de monotributistas haber efectuado al menos un pago correspondiente al primer trimestre de 2021. La evaluación y aprobación de las solicitudes ingresadas es realizada por la Secretaría General de la Gobernación.


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