Política Por: El Objetivo13 de agosto de 2021

Monotributo: requisitos para acceder a los créditos a tasa cero

Los créditos consistirán en una financiación cuyo importe, según cada categoría, no podrá exceder de: Categoría “A”, un límite máximo de $90.000; Categoría “B”, máximo de $120.000) y demás categorías, $150.000.

Los préstamos serán instrumentados y acreditados de acuerdo a los términos que establezca el Banco Central. - Foto: Damián Dopacio-NA

El Gobierno oficializó hoy el lanzamiento de créditos a tasa cero para monotributistas y detalló cuáles son las condiciones para obtenerlos, a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) publicado en el Boletín Oficial.

"Créase el Programa Crédito a Tasa Cero 2021 con el objeto de asistir a trabajadores y trabajadoras adheridos y adheridas al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), con el fin de acompañar el proceso de recuperación productiva", según el texto oficial.

No se encuentran comprendidos en el Programa los sujetos adheridos al Régimen Simplificado que perciban ingresos en relación de dependencia o estén inscriptos en el Sistema Integral Previsional Argentino (SIPA) como trabajadores autónomos.

Según lo dispuesto, los créditos consistirán en una financiación cuyo importe, según cada categoría, no podrá exceder de: Categoría “A”, un límite máximo de $90.000; Categoría “B”, máximo de $120.000) y demás categorías, $150.000.

Los préstamos serán instrumentados y acreditados de acuerdo con el procedimiento y en los términos que, para la implementación de la medida, establezca el Banco Central.

Además, los beneficiarios del Programa, hasta la cancelación total de la financiación, no podrán acceder al Mercado Único y Libre de Cambios para realizar operaciones correspondientes a la formación de activos externos.

Tampoco podrán concertar ventas en el país de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o canjes de títulos valores por otros activos externos, o transferencias de esos papeles a entidades depositarias del exterior.

En tanto, quienes recibieron un Crédito a Tasa Cero en el marco del Programa ATP en 2020 y al momento de solicitar nuevo financiamiento se encontrasen en mora, "deberán destinar el monto del nuevo crédito a cancelar la totalidad del monto adeudado y podrán gozar libremente del saldo, si quedara remanente", aclaró el DNU.

Para acceder al Programa, hay que ingresar a la página web de la AFIP, que a la vez proporcionará a las entidades financieras, a través del Banco Central, la lista de los sujetos elegibles para los Créditos a Tasa Cero.

Según el decreto, el Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP) podrá bonificar hasta el 100% de la tasa de interés y del costo financiero total que devenguen estos créditos.

Por su parte, el Fondo de Garantías Argentino (FoGAr) podrá avalar hasta el 100% de los préstamos, sin exigir contragarantías.

El Poder Ejecutivo justificó el lanzamiento del este Programa al señalar que "se observa una recuperación parcial y heterogénea de la actividad económica, sin que aún se hayan podido alcanzar los niveles de producción observados con anterioridad a la irrupción de la pandemia".

"En la actual coyuntura de reactivación económica del sector productivo, corresponde que el Gobierno nacional adopte medidas tendientes a acompañar la misma e incentivar el consumo, en el contexto de recuperación y reconstrucción productiva de nuestro país", añadió. (NA)

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