
Legislatura: aprobaron la adecuación del procedimiento minero de la provincia de Córdoba
El Objetivo
Este jueves, durante la 2ª sesión ordinaria correspondiente al 148° período legislativo, la Unicameral cordobesa aprobó el proyecto de ley 45321, iniciado por la legisladora María Victoria Busso, que modifica y deroga artículos de la Ley 5.436, correspondiente al Código Minero de la Provincia de Córdoba.
La normativa tiene por objeto adecuar el procedimiento minero de la provincia de Córdoba, a fin de incorporar el uso de tecnologías de la información y la comunicación en el desarrollo de las actuaciones a cargo de la autoridad minera, para que sean canalizadas íntegramente por medios electrónicos o digitales, a fin de lograr simplificación, eficiencia y modernización en los trámites administrativos vigentes.
De esta manera, según se expresa en los fundamentos de la iniciativa, “todo escrito que se presente en el marco del procedimiento minero deberá efectuarse a través de mecanismos electrónicos o digitales habilitados por la autoridad minera, conforme a lo dispuesto en la presente ley”.
Además, el proyecto introduce modificaciones al Código de Procedimientos Mineros con el objeto de actualizar el régimen de notificaciones y representación, entre otros, procurando mayor claridad normativa, celeridad procedimental y seguridad jurídica, sin afectar las garantías del debido proceso ni el derecho de defensa.
La sesión fue conducida por el presidente provisorio de la Legislatura provincial, Juan Manuel Llamosas.
Más detalles sobre la normativa
El proyecto establece que los documentos, escritos, expedientes, firmas, notificaciones, registros y actuaciones realizadas por medios digitales producirán idénticos efectos jurídicos y probatorios que aquellos realizados en soporte papel.
Además, la normativa establece que toda persona que se presente y actúe ante la Secretaría de Minería, como así también los agentes y funcionarios públicos que resulten competentes para intervenir en cada caso, deberán tener registrada su identidad digital a través de la plataforma “Ciudadano Digital” (CiDi), o los mecanismos y herramientas tecnológicas que se pudieran establecer, y deberá tener domicilio administrativo electrónico.
También se especifica que los documentos que se acompañen a los escritos, o cuya agregación se solicite, deberán presentarse en formato digital o electrónico y se incorporarán al expediente digital, produciendo idénticos efectos jurídicos y probatorios que los documentos en soporte papel.
El proyecto establece, además, que las notificaciones en el proceso minero se realizarán mediante comunicaciones electrónicas dirigidas al domicilio administrativo electrónico o por cualquier otro medio fehaciente que permita tener constancia de la fecha de recepción y del contenido del acto notificado.


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