Quiénes volverán a pagar el Impuesto a las Ganancias tras la aprobación definitiva del paquete fiscal
La Cámara de Diputados ha logrado revertir el rechazo del Senado a la reincorporación de la cuarta categoría del Impuesto a las Ganancias. De esta manera, se ha aprobado el texto original votado previamente en la Cámara baja, que ajusta los mínimos no imponibles y reintroduce el gravamen a una porción significativa de la población trabajadora.
La versión aprobada establece que el mínimo no imponible para los solteros será de $1.800.000 brutos, mientras que para los casados con hijos será de $2.200.000. Este cambio implica que aproximadamente 800.000 trabajadores, que habían sido eximidos de pagar este tributo durante la gestión de Alberto Fernández, volverán a estar sujetos a alícuotas que van del 5% al 35%.
En términos más específicos, un empleado soltero con dos hijos menores a 18 años, que tenga un salario bruto de $2.100.000, pagará el impuesto, lo que se traduce en un sueldo neto de $1.781.277,39. Por otro lado, un empleado casado con dos hijos menores a cargo quedará eximido si su salario bruto es inferior a $2.400.000, lo que equivale a un sueldo neto de $2.081.277,39.
Además, se ha dispuesto que la actualización del mínimo no imponible se realizará de manera trimestral durante este año, con la primera actualización en septiembre. A partir de entonces, las actualizaciones serán semestrales y estarán vinculadas al Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Este ajuste en el Impuesto a las Ganancias forma parte de los esfuerzos del Gobierno Nacional para mantener la equidad fiscal y garantizar que aquellos con mayores ingresos contribuyan en mayor medida a las arcas públicas.